El cierre mensual de RRHH es el momento en que se ve si el resto del mes se hizo bien. Si los datos están al día, es una revisión de media hora. Si no, son tres días persiguiendo fichajes, justificantes y correos. La diferencia no está en el cierre: está en lo que se hizo antes.

Este es el proceso completo, ordenado por días respecto al cierre, con lo que hay que revisar en cada momento y lo que la ley exige entregar.

Las tres cosas que tiene que producir un cierre

  1. El dato de jornada de cada persona, totalizado en el periodo fijado para el abono de las retribuciones.
  2. Las horas por encima de la jornada ordinaria, identificadas, para abonarlas o compensarlas.
  3. Los documentos entregados: el resumen de horas junto al recibo correspondiente y, en los contratos a tiempo parcial, el resumen mensual totalizado.

Los tres salen del Estatuto: artículos 34.9, 35.5 y 12.4.c). Si tu cierre no produce los tres, no es un cierre completo.

Día −5 · Avisar, no perseguir

  • Lista de incidencias abiertas: jornadas sin fichaje, sin salida o pendientes de justificante.
  • Aviso a las personas afectadas y a sus responsables, con fecha límite. El aviso es de la persona, no de RRHH: quien fichó mal es quien lo corrige.
  • Ausencias pendientes de aprobar, cerradas antes del corte.

Este día es el que convierte un cierre de tres días en uno de media hora. Todo lo que no se avise ahora aparecerá el día del cierre, ya sin margen.

Día −1 · Cerrar el periodo

  • Revisión de las correcciones del mes: cuántas, de quién y por qué motivo. Si se concentran en un equipo, hay algo que revisar en la configuración.
  • Comprobación de límites: descansos por debajo de 12 horas entre jornadas, y horas extraordinarias acumuladas en el año por persona, con el tope de 80 en el horizonte.
  • Contratos a tiempo parcial: ninguna hora extraordinaria imputada, que están prohibidas salvo fuerza mayor.
  • Personal nocturno: ninguna hora extraordinaria imputada.

Día 0 · Totalizar y entregar

  • Totalización de la jornada de cada persona en el periodo de abono.
  • Extracción de las horas por encima de la jornada ordinaria, por persona.
  • Envío a nóminas o a la asesoría, en el formato acordado y siempre el mismo.
  • Entrega del resumen de horas con el recibo correspondiente, y del resumen mensual del tiempo parcial. Esta es la parte que más se olvida.

Día +3 · Revisar y aprender

  • Cuadre: lo enviado a nóminas coincide con lo registrado. Si no coincide, averigua por qué antes de que se repita.
  • Cuatro números del mes: jornadas registradas sobre esperadas, jornadas incompletas, correcciones y horas por encima de la ordinaria.
  • Una acción concreta para el mes siguiente. Un cierre que no cambia nada garantiza el mismo cierre el mes que viene.

El indicador que resume todo

Cuántas horas tarda el cierre. Es la métrica que mejor mide si la gestión de personas está ordenada, y la única que entiende sin explicación quien firma el presupuesto. Cuando pasa de dos días, el problema nunca está en el cierre: está en que el dato no se recoge bien durante el mes.

Los cuatro atascos de siempre

  • Perseguir fichajes el día del cierre. Ese trabajo va el día −5 o no va.
  • Que RRHH corrija por su cuenta. Además de irreal, deja el registro sin el motivo ni el responsable de la corrección.
  • Formato distinto cada mes para la asesoría. Multiplica los errores de trascripción.
  • Totalizar y no entregar el resumen. Se cumple la mitad del artículo 35.5 y se pierde justo la parte que sirve de prueba.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el cierre mensual de RRHH?

Es el proceso por el que, al final de cada periodo de abono, se totaliza la jornada de cada persona, se identifican las horas por encima de la ordinaria, se envía el dato a nóminas y se entregan los resúmenes que exige la ley.

¿Qué hay que entregar al trabajador en el cierre mensual?

La copia del resumen de horas junto al recibo correspondiente, según el artículo 35.5 del Estatuto, y en los contratos a tiempo parcial el resumen mensual totalizado de la jornada, según el artículo 12.4.c).

¿Cuánto debería durar un cierre mensual de RRHH?

Con los datos al día, unas horas. Cuando supera los dos días, la causa casi nunca está en el cierre sino en que el registro no se lleva correctamente durante el mes.

¿Quién debe corregir un fichaje erróneo?

La corrección la solicita la persona trabajadora y la autoriza el responsable designado, dejando constancia del motivo, de quién la hizo y de cuándo, sin borrar el dato original. No debe rellenarla RRHH por su cuenta.

Fuentes

  • Estatuto de los Trabajadores: artículo 34.9 (registro diario y conservación cuatro años), artículo 34.3 (12 horas de descanso entre jornadas), artículo 35.2 (máximo de 80 horas extraordinarias al año), artículo 35.5 (totalización en el periodo de abono y entrega del resumen), artículo 12.4.c) (totalización mensual y copia en el tiempo parcial, y prohibición de horas extraordinarias salvo fuerza mayor) y artículo 36.1 (los trabajadores nocturnos no pueden realizar horas extraordinarias). BOE-A-2015-11430.
  • El calendario por días y los cuatro indicadores del cierre son una propuesta operativa basada en nuestra experiencia con pymes, no una exigencia normativa.

En Nucleo360 el cierre parte de datos que ya están: jornadas registradas a diario, ausencias aprobadas en el sistema y horas consultables por persona y por periodo. El día del cierre se revisa, no se reconstruye.

Última actualización: septiembre de 2026.