Canal de denuncias obligatorio en empresas
Nucleo360. Tu canal de denuncias interno obligatorio
La normativa española obliga a empresas con más de 50 trabajadores a implementar un Canal de Denuncias. Con Nucleo360, reporta irregularidades de forma anónima y fomenta un ambiente laboral ético y seguro.
Nucleo360. El canal de denuncias obligatorio y seguro para tu empresa
Cumple la normativa con nuestro software si quieres tener tu canal de denuncias operativo y cumplir la Ley 2/2023 desde ahora
Denuncias anónimas o identificadas
Permite presentar denuncias de forma anónima o con datos personales, según la preferencia del denunciante.
Seguimiento con ID único
Cada denuncia recibe un identificador exclusivo para facilitar su seguimiento y asegurar trazabilidad.
Control del proceso
Los responsables autorizados gestionan cada denuncia, garantizando un proceso ordenado y seguro.
Gestión confidencial
Protege la identidad del denunciante con un sistema seguro que garantiza la privacidad y confidencialidad.
Canal de denuncias obligatorio para empresas: evita sanciones
Implementar un software canal de denuncias permite reportar irregularidades de forma anónima, cumplir con la ley y evitar sanciones. Un canal interno de denuncias bien estructurado protege la reputación de la empresa, fomenta un ambiente laboral transparente y asegura la confidencialidad del denunciante.
Con nuestro canal de denuncias obligatorio para empresas, puedes gestionar y rastrear cada denuncia con un ID único, asegurando un control seguro y eficaz.
Qué exige la Ley 2/2023 (canal de denuncias)
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, obliga a tener un canal de denuncias interno a:
- Empresas con 250 o más trabajadores, desde el 17 de junio de 2023.
- Empresas con entre 50 y 249 trabajadores, desde el 1 de diciembre de 2023.
- Determinadas organizaciones están obligadas con independencia de su número de trabajadores (por ejemplo, entidades sujetas a la normativa de prevención del blanqueo de capitales o de los mercados financieros, partidos políticos, sindicatos y entidades del sector público).
Las sanciones para personas jurídicas pueden alcanzar:
- Hasta 100.000 € en infracciones leves.
- Hasta 600.000 € en infracciones graves.
- Hasta 1.000.000 € en infracciones muy graves.
La Autoridad Independiente de Protección al Informante (AAI) es el organismo competente para imponer estas sanciones.
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