En 2026, el salario mínimo es de 1.221 euros al mes, 40,70 euros al día y, como mínimo, 17.094 euros al año, con efectos desde el 1 de enero. Es un 3,1 % más que en 2025, y lo fija el Real Decreto 126/2026, publicado en el BOE el 19 de febrero.

Esta guía explica cómo se aplica en la empresa: qué cuenta para alcanzarlo, qué pasa con la jornada parcial y los contratos cortos, cuándo se compensa con lo que ya se paga y cuánto cuesta en cotizaciones. Al final, su evolución desde 2016 con las cifras de cada real decreto.

1.221 €al mes, en 14 pagas
40,70 €al día
17.094 €al año, como mínimo
+3,1 %respecto al salario mínimo de 2025

Las cuantías de 2026

«El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de las personas trabajadoras, queda fijado en 40,70 euros/día o 1 221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.»

Artículo 1 del Real Decreto 126/2026 · texto en el BOE

ConceptoCuantía en 2026Real Decreto 126/2026
Salario mínimo mensual1.221 €Art. 1
Salario mínimo diario40,70 €Art. 1
Cuantía anual mínima, como término de comparación17.094 €Art. 3.1
Contratos de duración determinada de hasta 120 días en la misma empresa57,82 € por jornada legal, como mínimoArt. 4.1
Empleo de hogar por horas, en régimen externo9,55 € por hora efectivamente trabajadaArt. 4.2

Se aplica con efectos desde el 1 de enero de 2026, aunque el real decreto se publicara en febrero: surte efectos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, «procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo fijado en este con efectos desde el 1 de enero de 2026» (disposición final tercera).

Qué cuenta para llegar al salario mínimo

«En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.»

Artículo 1 del Real Decreto 126/2026 · texto en el BOE

  • Los complementos se suman. Al salario mínimo se añaden, según el convenio y el contrato, los complementos salariales del artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores (artículo 2).
  • La comparación es anual. La subida no afecta a la estructura ni a la cuantía de los salarios que, en su conjunto y en cómputo anual, ya sean superiores al salario mínimo, y la cuantía anual de comparación nunca puede ser inferior a 17.094 euros (artículo 3.1).
  • Se compensa con todo lo que se cobra. Las percepciones del salario mínimo son compensables con los ingresos que se percibían por todos los conceptos, en cómputo anual y a jornada completa (artículo 3.2).
  • Si el sueldo profesional queda por debajo, hay que incrementarlo en la cuantía necesaria para llegar al total anual (artículo 3.3).

Jornada parcial, contratos cortos y empleo de hogar

«Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.»

Artículo 1 del Real Decreto 126/2026 · texto en el BOE

A media jornada, por tanto, el mínimo es de 610,50 euros al mes. En los contratos de duración determinada de hasta 120 días en la misma empresa, el salario mínimo incluye la parte proporcional de domingos y festivos y de las dos pagas extraordinarias, sin que pueda bajar de 57,82 euros por jornada legal, y la parte de vacaciones cuando no coinciden con la vigencia del contrato (artículo 4.1). En el empleo de hogar por horas, en régimen externo, son 9,55 euros por hora efectivamente trabajada (artículo 4.2).

Lo que cuesta a la empresa

Con el salario mínimo a jornada completa, 17.094 euros al año, la base de cotización mensual queda en 1.424,50 euros, por encima de la base mínima de los grupos 4 a 7, que es de 1.424,40 euros (artículo 3 de la Orden PJC/297/2026). Con un contrato indefinido en un trabajo exclusivo de oficina, la cuota de la empresa es del 32,15 %: unos 5.495,72 euros al año, y un coste total de 22.589,72 euros. El desglose está en la guía Cuánto cuesta un trabajador a la empresa en 2026.

Evolución del salario mínimo desde 2016

Salario mínimo mensual, en 14 pagas

Cuantía vigente al final de cada año, en euros.

655
708
736
900
950
965
1.000
1.080
1.134
1.184
1.221
20162017201820192020202120222023202420252026

Fuente: reales decretos de salario mínimo de cada año, artículo 1 (BOE). Cifras redondeadas al euro en el gráfico; las exactas, en la tabla. En 2021 rigieron 950 euros hasta el 31 de agosto y 965 euros desde el 1 de septiembre.

Año€ al mes€ al día€ al año, como mínimoReal decreto
2016655,2021,849.172,80RD 1171/2015
2017707,7023,599.907,80RD 742/2016
2018735,9024,5310.302,60RD 1077/2017
2019900,0030,0012.600,00RD 1462/2018
2020950,0031,6613.300,00RD 231/2020
2021, desde el 1 de septiembre965,0032,1713.510,00RD 817/2021
20221.000,0033,3314.000,00RD 152/2022
20231.080,0036,0015.120,00RD 99/2023
20241.134,0037,8015.876,00RD 145/2024
20251.184,0039,4716.576,00RD 87/2025
20261.221,0040,7017.094,00RD 126/2026

Entre 2016 y 2026, el salario mínimo mensual ha pasado de 655,20 a 1.221 euros: un 86,4 % más, según el cálculo de Nucleo360 con esas dos cifras.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el salario mínimo en 2026?

1.221 euros al mes o 40,70 euros al día, y como mínimo 17.094 euros al año, según el Real Decreto 126/2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026.

¿Desde cuándo se aplica el salario mínimo de 2026?

Desde el 1 de enero de 2026. El Real Decreto 126/2026 se publicó en el BOE el 19 de febrero y surte efectos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, con el abono del nuevo salario mínimo con efectos desde el 1 de enero.

¿Cuánto es el salario mínimo a media jornada en 2026?

La parte proporcional: el salario mínimo se refiere a la jornada legal y, si se trabaja una jornada inferior, se percibe a prorrata (artículo 1 del Real Decreto 126/2026). A media jornada, 610,50 euros al mes.

¿El salario en especie cuenta para llegar al salario mínimo?

No. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, y el salario en especie no puede reducir en ningún caso esa cuantía (artículo 1 del Real Decreto 126/2026).

¿Hay que subir el sueldo si ya se paga más del salario mínimo en cómputo anual?

No. La subida no afecta a la estructura ni a la cuantía de los salarios que, en su conjunto y en cómputo anual, ya superen el salario mínimo, que en 2026 no puede compararse con una cuantía anual inferior a 17.094 euros (artículo 3 del Real Decreto 126/2026).

Esta guía recoge el salario mínimo interprofesional, que es un suelo. El convenio colectivo aplicable puede fijar salarios superiores, que son los que hay que pagar.

Fuentes

Todas las cifras de esta página salen de estos textos oficiales:

  • Real Decreto 126/2026 (de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional para 2026). Cuantías (art. 1), complementos (art. 2), compensación y absorción (art. 3), contratos de hasta 120 días y empleo de hogar (art. 4), efectos desde el 1 de enero (disposición final tercera) e incremento del 3,1 % (preámbulo). Los reales decretos de 2016 a 2025 están enlazados en la tabla de evolución.
  • Real Decreto 87/2025 (de 11 de febrero, salario mínimo interprofesional para 2025). Salario mínimo de 2025, base del incremento de 2026.
  • Orden PJC/297/2026 (de 30 de marzo, normas de cotización a la Seguridad Social para 2026). Bases mínimas de cotización de 2026 (art. 3).

En la jornada parcial, el salario mínimo se paga en proporción a las horas, y esas horas hay que poder acreditarlas. El registro horario de Nucleo360 es gratuito y genera el resumen mensual de los contratos a tiempo parcial.

Última actualización: octubre de 2026.