En obra no hay recepción, ni ordenador, ni un sitio fijo donde poner un terminal. La gente empieza el día en un tajo distinto cada semana, a veces en una obra que no es de tu empresa, y muchas veces sin cobertura. Y la obligación de registrar la jornada es exactamente la misma.

Este playbook está escrito para construcción, instalaciones, mantenimiento, reparto y cualquier actividad donde el puesto de trabajo se mueve.

Los cuatro problemas propios de la movilidad

  • No hay punto fijo de fichaje. El terminal de pared no sirve: hay que fichar desde donde se está.
  • El desplazamiento. Saber si el trayecto es tiempo de trabajo o no cambia el cómputo de toda la jornada, y eso lo determina el convenio y las circunstancias del desplazamiento.
  • La conectividad. Un sótano, una nave o una carretera sin cobertura no pueden dejar sin registro esa jornada.
  • La ubicación. Saber dónde se ficha es útil para la empresa, y es justo donde aparece la cuestión de protección de datos.

Fase 1 · Decidir qué cuenta como jornada

La decisión que hay que tomar antes de configurar nada

Para cada colectivo, deja escrito dónde empieza y dónde acaba la jornada:

  • ¿Se ficha al salir del domicilio, al llegar al tajo o al salir de la nave? No hay una respuesta única: depende de si el desplazamiento es tiempo de trabajo según tu convenio y de cómo esté organizado.
  • Traslados entre tajos durante la jornada: normalmente sí son tiempo de trabajo, pero conviene decirlo.
  • Recogida de material o de vehículo antes de ir a la obra: si es una tarea encomendada, es trabajo.
  • Pausas: el bocadillo y sus reglas, según convenio.

Y recuerda el criterio general del artículo 34.5 del Estatuto: el tiempo de trabajo se computa de modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, la persona se encuentre en su puesto de trabajo.

Fase 2 · Fichaje desde el móvil, con plan B

Lo que no puede fallar

  • Cada persona con su propio acceso. En obra la tentación de que el encargado fiche por la cuadrilla es enorme, y eso invalida el registro: la ley pide el horario concreto de cada persona.
  • Que funcione sin conexión o con un método alternativo documentado. Si la única vía requiere cobertura, tendrás huecos sistemáticos en los mismos sitios.
  • Un procedimiento escrito para las incidencias de zona sin cobertura: a quién se avisa, en qué plazo y cómo queda registrada la corrección con su motivo.
  • Fichaje sencillo. Con guantes, con el móvil en una mano y a pie de tajo, cualquier proceso de más de dos toques no se va a usar.

Fase 3 · La ubicación, bien planteada

Se puede, con condiciones

Registrar la ubicación en el momento del fichaje es defendible cuando el puesto lo justifica, y el trabajo en movilidad lo justifica con claridad. Pero hay que hacerlo bien:

  • Solo en el momento del fichaje. No es un seguimiento continuo de la persona durante la jornada.
  • Información expresa, clara e inequívoca a la plantilla y, en su caso, a su representación, como exige el artículo 90 de la LOPDGDD para los dispositivos de geolocalización.
  • Minimización: el dato necesario y nada más.
  • Por escrito en la política de registro horario, no como una función que se activa sin avisar.

Fase 4 · Subcontratación y obras de terceros

El caso que más confusión genera

Cuando tu personal trabaja en una obra cuyo promotor o contratista principal es otra empresa, la pregunta habitual es de quién es la obligación de registrar. La respuesta es simple: el registro de jornada es de la empresa empleadora. Que la obra sea de otro no traslada la obligación.

  • Tu registro es tuyo, independientemente de los controles de acceso que tenga la obra.
  • Los controles de acceso del contratista principal pueden servir de apoyo, pero no sustituyen a tu registro ni te dan acceso automático a esos datos.
  • Las obligaciones de coordinación de actividades empresariales y de acreditación en materia de prevención son adicionales, no alternativas.

Fase 5 · Vigilar cada semana

  • Jornadas sin cierre por colectivo. En movilidad es el fallo número uno: se ficha la entrada y se olvida la salida al terminar en el tajo.
  • Zonas o obras con huecos recurrentes. Si siempre falla el mismo sitio, es cobertura, no despiste.
  • Descansos de 12 horas entre jornadas, con atención a los desplazamientos largos.
  • Correcciones por encargado. Si un encargado concentra las correcciones de toda su cuadrilla, revisa si en realidad está fichando por ellos.

Los errores que más vemos en obra

  • El parte de horas del encargado como registro. Es una reconstrucción, no un registro diario por persona.
  • Un solo móvil de empresa para toda la cuadrilla. Garantiza el fichaje por otros.
  • Dar por registrado el cuadrante de obra. El cuadrante es previsión; el registro es lo que pasó.
  • Activar la ubicación sin informar. Convierte una medida legítima en un problema de protección de datos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se ficha en una obra sin ordenador ni terminal?

Desde el móvil de cada persona, con su propio acceso, y con un procedimiento alternativo documentado para las zonas sin cobertura. La ley no impone un medio técnico: exige que quede registrada la hora concreta de inicio y fin de cada jornada.

¿El desplazamiento hasta la obra es tiempo de trabajo?

Depende de cómo esté organizado y de lo que establezca el convenio colectivo aplicable. El criterio general del artículo 34.5 del Estatuto es que el tiempo se computa de modo que al comienzo y al final de la jornada la persona se encuentre en su puesto de trabajo. Conviene fijar el criterio por escrito para cada colectivo.

¿Se puede geolocalizar a los trabajadores cuando fichan en obra?

Sí, si está justificado por las características del puesto, se limita al momento del fichaje y se informa de forma expresa, clara e inequívoca a la plantilla y a su representación, conforme al artículo 90 de la LOPDGDD. No ampara un seguimiento continuo durante la jornada.

¿Quién lleva el registro si mi personal trabaja en una obra de otra empresa?

La empresa empleadora. La obligación del artículo 34.9 no se traslada al promotor ni al contratista principal, y sus controles de acceso no sustituyen al registro propio.

¿Puede el encargado fichar por su cuadrilla?

No. El registro debe acreditar el horario concreto de cada persona. Si hay que ajustar un fichaje, se hace como corrección, con constancia de quién la hizo y por qué.

Fuentes

  • Estatuto de los Trabajadores: art. 34.5 (el tiempo de trabajo se computa de modo que al comienzo y al final de la jornada la persona se encuentre en su puesto), art. 34.3 (12 horas de descanso entre jornadas), art. 34.9 (registro diario, conservación cuatro años y puesta a disposición). BOE-A-2015-11430.
  • LOPDGDD, art. 90: uso de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, con deber de información expresa, clara e inequívoca a la plantilla y a su representación. BOE-A-2018-16673. Y RGPD, principio de minimización.
  • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en cuanto a coordinación de actividades empresariales, obligación distinta e independiente del registro de jornada. BOE-A-1995-24292.
  • El cómputo del tiempo de desplazamiento, las pausas y las particularidades del sector las fija el convenio colectivo aplicable —en construcción, el convenio general del sector y los provinciales—, que hay que consultar antes de fijar los criterios.

Con Nucleo360 se ficha desde el móvil de cada persona, incluso por WhatsApp, que en obra es la vía que menos fricción tiene. Y la ubicación se registra solo en el momento del fichaje, cuando el puesto lo justifica y previa información a la persona.

Última actualización: septiembre de 2026.